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Cambios en las bases reguladoras de las ayudas del Programa Kit Digital

Cambios en las bases reguladoras de las ayudas del Programa Kit Digital

Nuevas categorías, cambios en los importes de las ayudas y más beneficiarios. Estos son solo algunos de los cambios realizados en las bases reguladoras del Programa Kit Digital.

El mundo está en constante cambio y la tecnología es la protagonista de estos. La incorporación de nuevas herramientas y sistemas digitales en las empresas traen como consecuencia una innovación continua en diferentes ámbitos como: gestión de procesos y personal, procesos industriales, relaciones comerciales y estrategias de marketing, entre otros.

Por este, y entre otros motivos, se ha visto la necesidad de realizar una serie de cambios en las bases que regulan la concesión de ayudas del Programa Kit Digital. Tal y como hemos mencionado en diferentes ocasiones, este Programa tiene como objetivo la digitalización de las pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo en todo el territorio español, y se desarrolla en el marco de la Agenda España Digital 2025, el Plan de Digitalización PYMEs 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España -financiado por la Unión Europea- Next Generation EU.

Dichos cambios se han realizado con el fin de que las diversas soluciones de digitalización, definidas inicialmente en las bases publicadas el pasado 29 de diciembre, estén alineadas con los avances tecnológicos en la actualidad. Adicionalmente, otro de los objetivos de las modificaciones está relacionado con la mejora de determinados aspectos que garanticen la correcta ejecución de las ayudas y la consecución de los objetivos definidos en el Programa Kit Digital.

Principales cambios realizados

Cambios en los beneficiarios: quiénes y quiénes no pueden optar por las ayudas

Se amplía el número de entidades beneficiarias del bono digital, posibilitando (además de las pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo cuyo domicilio fiscal esté ubicado en territorio español) a las sociedades civiles con objeto mercantil, las sociedades civiles profesionales y las explotaciones agrarias de titularidad compartida que ejerzan una actividad económica, que soliciten las ayudas. Siempre que su domicilio fiscal esté ubicado en territorio español.

Por lo contario, no podrán ser beneficiarios las uniones temporales de empresas (UTES) ni las personas físicas o jurídicas que sean Agentes Digitalizadores Adheridos, las personas en situación de autoempleo que tengan la consideración de autónomos societarios, ni los autónomos colaboradores en los términos previstos en la normativa aplicable.

Cambios en las categorías y sus importes por segmentos

En relación con las soluciones ofrecidas en el Catálogo de Soluciones de Digitalización, se han incluido dos nuevas categorías (Marketplace y Presencia avanzada en Internet) y se han adaptado los importes y algunas funcionalidades según los segmentos de las categorías: Sitio Web y Presencia básica en InternetGestión de Procesos y Factura Electrónica. Por lo que quedaría de la siguiente manera:

  Ayudas por segmento para las Categorías de Soluciones de Digitalización
Categoría de Soluciones de DigitalizaciónMeses de prestación del servicioSegmento III0 < X* <3 empleadosSegmento II3 ≤ X*<10 empleadosSegmento I10 ≤ X*<50 empleados
Sitio Web y Presencia básica en Internet.122.000 €2.000 €2.000 €
Comercio electrónico.122.000 €2.000 €2.000 €
Gestión de Redes Sociales.122.000 €2.500 €2.500 €
Gestión de Clientes.122.000 €(incluye 1 usuario)2.000 € (incluye 1 usuario)4.000 €(incluye 3 usuarios) 
Business Intelligence y Analítica.121.500 €    (incluye 1 usuario)2.000 €(incluye 1 usuario)4.000 €(incluye 3 usuarios) 
Gestión de Procesos.122.000 €(incluye 1 usuario)3.000 €(incluye 3 usuarios)6.000 €(incluye 10 usuarios) 
Factura Electrónica.121.000 €  (incluye 1 usuario)2.000 €(incluye 3 usuarios)2.000 €(incluye 3 usuarios) 
Servicios y herramientas de Oficina Virtual.12250 €/ usuario (hasta 2 usuarios)250 €/ usuario (hasta 9 usuarios)250 €/ usuario (hasta 48 usuarios) 
Comunicaciones Seguras.12125 € / usuario (hasta 2 usuarios)125 € / usuario (hasta 9 usuarios)125 € / usuario (hasta 48 usuarios) 
Ciberseguridad.12125 €/ dispositivo (hasta 2 dispositivos)125 €/ dispositivo (hasta 9 dispositivos)125 €/ dispositivo (hasta 48 dispositivo) 
Presencia avanzada en Internet.122.000 €2.000 €2.000 €
 Marketplace. 122.000 €2.000 €2.000 €

Cambios en la firma de los acuerdos

Ahora, los acuerdos firmados entre beneficiarios y Agentes Digitalizadores pueden realizarse a través de medios electrónicos como: el certificado electrónico, Cl@ve permanente o Cl@ve PIN. De esta forma, se facilita y aporta una mayor seguridad jurídica al beneficiario de la ayuda, optimizando los sistemas de firma ya disponibles en el sector público.

Estos son solo algunos de los cambios que se han realizado en las bases reguladoras. Para más información detallada sobre requisitos para cada categoría y demás procesos y gestiones, te recomendamos que consultes las bases en este enlace.

Cabe destacar, que el Programa Kit Digital se regula en la Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre. Sin embargo, los cambios realizados en la Orden ETD/734/2022, de 26 de julio se aplicarán a todas las Convocatorias de ayudas que sean publicadas a partir del 30 de julio de 2022, sin tener carácter retroactivo sobre la Convocatoria del Segmento I, C005/22-SI. Esta píldora incluye las modificaciones de las Bases Reguladoras (Orden ETD/734/2022, del 26 de julio). En cualquier caso, prevalecerá la información contenida en las Bases Reguladoras y en las distintas Convocatorias.

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